Me crucé de casualidad con esta NOM:
http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/003ssa23.html
Larguísima, ya sé, vayan directo al punto 5.3.3.b
http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/003ssa23.html
Larguísima, ya sé, vayan directo al punto 5.3.3.b
En México, los homosexuales masculinos no pueden ser donadores de sangre. Aquí es donde la comunidad homosexual salta y protesta porque son discriminados. Discriminar significa separar, y no siempre se hace con la intención de dar trato de inferioridad.
Esta NOM se guía por una ética utilitarista que persigue el bien mayor para el mayor número de personas, aunque afecte a una minoría; y aunque hoy parezca algo atrasado, la población homosexual es de "alto riesgo" para la donación de sangre porque aunque se realizan pruebas de detección de enfermedades como SIDA, hepatitis y otras, siempre existe el riesgo de que por razones técnicas, humanas o por las características de las enfermedades, éstas no se detecten.
Es cierto que se pasa por alto a los homosexuales "de closet", o a los célibes, y esto puede hacer a la norma inefectiva, pero lo que se busca con esta restricción, me parece, es disminuir el riesgo de transmisión de enfermedades.
También es cierto que la medida parece ser muy parcializada y orientada por mitos, pero confío en que una NOM no es algo que se hace a la ligera ni a la mexicaine, sino con base en estudios científicos y datos estadísticos que la respaldan.
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